Guía Legal en Bogotá: Cómo Exigir el Pago de Cuotas de Alimentos a un Padre Renuente Tras la Conciliación

Cómo Exigir el Pago de Cuotas de Alimentos

¿El papá o la mamá de tus hijos no paga la cuota de alimentos pese a la conciliación? Hay vías legales para hacerla cumplir. Te acompañamos a exigir el pago. Consulta gratis.

Cobro de cuota de alimentos a un padre renuente en Bogotá

Qué hacer cuando no pagan la cuota de alimentos

Cuando ya hubo conciliación o sentencia que fijó la cuota y aun así no pagan, el acuerdo no se queda en el papel: presta mérito ejecutivo, es decir, sirve para cobrar judicialmente. Lo primero es reunir el acta de conciliación o la sentencia y los soportes de los pagos que faltan, y dejar constancia del incumplimiento.

Vías para exigir el pago

Hay dos caminos que suelen usarse en conjunto. El proceso ejecutivo de alimentos ante el juzgado de familia permite embargar salario, cuentas o bienes del deudor hasta cubrir lo adeudado. Y la denuncia penal por inasistencia alimentaria (Art. 233 del Código Penal) presiona el pago, ya que el incumplimiento es delito. Te ayudamos a elegir y tramitar la vía más eficaz según el caso.

Documentar es la clave

Guarda todo: el acta de conciliación, los comprobantes de los pagos que sí se hicieron, las fechas y las comunicaciones donde reclamaste. Mientras mejor documentado esté el incumplimiento, más rápido y firme será el cobro. El objetivo siempre es garantizar el bienestar de los hijos.

Preguntas Frecuentes

¿El acta de conciliación sirve para embargar?

Sí. El acta de conciliación de alimentos presta mérito ejecutivo, así que con ella se puede iniciar el proceso ejecutivo y solicitar el embargo de salario o cuentas del deudor.

¿La inasistencia alimentaria es delito?

Sí, está tipificada en el artículo 233 del Código Penal. La denuncia penal puede adelantarse junto con el cobro ejecutivo y suele ayudar a que el deudor se ponga al día.

¿Pueden embargarle el sueldo?

En alimentos la ley permite embargar hasta el 50% del salario del deudor, un porcentaje mayor que en otras deudas, precisamente por la naturaleza del derecho de los menores.

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