impugnar un comparendo en Colombia

Impugnar un comparendo en Colombia: cuándo procede y cómo funciona

Guía informativa sobre las causales que permiten controvertir una fotomulta o un parte de tránsito, los plazos que corren y el trámite ante la autoridad.

Contenido únicamente informativo.

30 Días hábiles es el plazo de referencia para actuar tras la notificación
3 Años sin resolución sancionatoria: puede operar la prescripción
6 Años sin cobro coactivo: la deuda puede haber prescrito

¿Cuándo suele proceder la impugnación de un comparendo?

No todo está perdido. Las autoridades cometen errores de forma y fondo constantemente. Estas son las causales más frecuentes por las que un comparendo puede caerse:

Causa de Anulación Frecuente¿Por qué procede la impugnación?
Fotomultas irregularesCámaras sin calibración del Ministerio, no se identifica plenamente al conductor, o falta de señalización previa.
Errores del Agente de TránsitoAgente no facultado, inconsistencias en la placa, fecha, hora o dirección exacta del comparendo.
Fallas en la NotificaciónEl comparendo nunca llegó a tu domicilio registrado o llegó fuera de los tiempos estipulados por la ley.
Prescripción de la deudaHan pasado más de 3 años sin resolución sancionatoria o más de 6 años sin cobro coactivo.

¿Cómo es el trámite de impugnación?

Cualquier ciudadano puede adelantar el trámite directamente ante la autoridad de tránsito, sin intermediarios. En términos generales, el camino es este:

1

Consulta tu comparendo

Verifica el estado, la fecha y la autoridad que lo impuso en simit.org.co con tu cédula o la placa del vehículo.

2

Reúne tus pruebas

Soporte de notificación, fotos, certificado de calibración del equipo (se puede pedir), y cualquier documento que muestre el error.

3

Presenta el recurso

Radica los descargos o el recurso de reposición ante la autoridad de tránsito dentro del término y haz seguimiento hasta la resolución.

📌 Aviso importante

Esta página es únicamente informativa. Actualmente A&R Sociedad Jurídica no presta servicios de impugnación de comparendos ni asuntos de tránsito. El trámite puedes adelantarlo directamente ante el organismo de tránsito que impuso el comparendo o consultar tu caso en simit.org.co. Si quieres el paso a paso completo, revisa nuestra guía para impugnar un comparendo en Colombia.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si ya aparece en el SIMIT?

Que aparezca en el SIMIT es normal, es el registro nacional. Lo importante es si está dentro del plazo para impugnar (30 días hábiles desde la notificación). Si la resolución ya está en firme, lo que procede es evaluar si aplica la caducidad o la prescripción.

¿Necesito abogado para impugnar un comparendo?

No es obligatorio. La ley permite que el propio ciudadano presente sus descargos, asista a la audiencia y radique los recursos ante la autoridad de tránsito. Un abogado puede ayudar en casos complejos, pero el trámite básico está diseñado para hacerse directamente.