impugnar un comparendo en Colombia

Te ayudamos a impugnar tu comparendo injusto en Colombia. No pagues de más.

Revisamos tu fotomulta o parte de tránsito sin costo inicial. Si identificamos fallas en el debido proceso, asumimos tu defensa legal para archivar la deuda.

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0$ Costo por el análisis preliminar de viabilidad

¿Qué tipo de multas podemos ayudarte a impugnar?

No todo está perdido. Las autoridades cometen errores de forma y fondo constantemente. Nos especializamos en impugnar comparendos cuando se presenta lo siguiente:

Causa de Anulación Frecuente¿Por qué procede la impugnación?
Fotomultas irregularesCámaras sin calibración del Ministerio, no se identifica plenamente al conductor, o falta de señalización previa.
Errores del Agente de TránsitoAgente no facultado, inconsistencias en la placa, fecha, hora o dirección exacta del comparendo.
Fallas en la NotificaciónEl comparendo nunca llegó a tu domicilio registrado o llegó fuera de los tiempos estipulados por la ley.
Prescripción de la deudaHan pasado más de 3 años sin resolución sancionatoria o más de 6 años sin cobro coactivo.

¿Cómo trabajamos tu defensa? Un proceso sin estrés

Olvídate de hacer filas o redactar derechos de petición confusos. Nosotros nos encargamos de todo el trámite jurídico.

1

Envíanos tu caso

Mándanos una foto de tu comparendo o tu número de cédula por WhatsApp para consultarlo en el SIMIT.

2

Análisis Jurídico

Nuestros abogados revisan la legalidad de la multa sin costo y te dicen con honestidad si es viable ganarlo.

3

Defensa Integral

Radicamos el recurso de reposición, aportamos las pruebas y hacemos seguimiento hasta obtener la resolución final.

🤝 Acompañamiento de principio a fin

Atendemos a conductores particulares, empresas de transporte y flotas. El acompañamiento incluye revisar el comparendo en el SIMIT, redactar y radicar el recurso de reposición, aportar las pruebas y hacer seguimiento hasta la resolución, para que no tengas que hacer filas ni redactar escritos por tu cuenta.

Dudas comunes de nuestros clientes

¿Qué pasa si ya aparece en el SIMIT?

Que aparezca en el SIMIT es normal, es el registro nacional. Lo importante es si está dentro del plazo para impugnar (30 días hábiles desde la notificación). Si la resolución ya está en firme, evaluaremos si aplica la figura de caducidad o prescripción.

¿Tengo que pagar algo si perdemos el caso?

Tras el análisis inicial gratuito te decimos con honestidad si tu caso es viable y te explicamos nuestros honorarios desde el principio, sin sorpresas. No prometemos un resultado: depende de las fallas de forma y fondo que tenga cada comparendo.