Abogado para declaración de unión marital de hecho y liquidación de sociedad patrimonial en Bogotá

Vivir en pareja sin matrimonio no significa carecer de derechos. Si usted y su compañero o compañera construyeron una vida juntos, es probable que durante esa unión también hayan formado un patrimonio común: la llamada sociedad patrimonial de hecho. Nuestro despacho gestiona ante juzgado o notaría la declaración de la unión, la disolución y la liquidación de ese patrimonio, de forma ordenada y con plena protección de sus intereses.

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¿En qué consiste este trámite?

El proceso busca dos reconocimientos que van de la mano. El primero es la declaración de la unión marital de hecho: se acredita ante la autoridad competente que las partes hicieron vida en común como pareja durante un período determinado, con un proyecto de vida compartido. El segundo reconocimiento es la sociedad patrimonial de hecho: se establece que, gracias al esfuerzo conjunto de ambos, se formó un patrimonio durante esa unión.

En el mismo trámite se declara la existencia de esa sociedad, se disuelve y se liquida, es decir, se divide entre las partes. Dependiendo del caso, el camino puede ser la vía notarial —más ágil cuando hay acuerdo— o la vía judicial ante juzgado de familia. Nuestros abogados analizan cuál ruta conviene a su situación particular antes de dar el primer paso.

Documentos que debe aportar

  • Pruebas documentales que acrediten la convivencia (contratos de arrendamiento a nombre de ambos, comprobantes de servicios públicos, correspondencia conjunta, extractos bancarios compartidos, entre otros).
  • Pruebas testimoniales: datos de testigos que puedan dar fe de la vida en pareja.
  • Pruebas de audio y video que demuestren la relación y la convivencia.
  • Registros civiles de nacimiento de los hijos en común, si los hay.
  • Escrituras públicas y certificados de los inmuebles adquiridos durante la unión.
  • Certificados de tradición y libertad de los vehículos comprados durante la convivencia.
  • Documentos de identidad de ambas partes.

No siempre se cuenta con todos los documentos desde el inicio. En la consulta revisamos qué pruebas tiene disponibles y cómo complementar el acervo probatorio para que el caso sea sólido.

¿Cómo iniciamos su caso?

  1. Primera orientación: contáctenos por WhatsApp o videollamada. En 15 a 30 minutos evaluamos su situación, le explicamos la ruta más conveniente (notaría o juzgado) y le indicamos qué documentos reunir.
  2. Envío de documentos previos: nos comparte la documentación disponible para que el abogado asignado haga un análisis de fondo antes de la consulta formal.
  3. Análisis y estrategia: el abogado especialista define la vía procesal, la estrategia probatoria y le presenta un presupuesto claro con las modalidades de pago que aplican a su caso.
  4. Gestión del trámite: radicamos la demanda o la solicitud notarial, recopilamos y presentamos las pruebas, y lo mantenemos informado en cada etapa hasta la liquidación definitiva.

¿Por qué elegir nuestro despacho?

  • Más de 10 años de ejercicio en derecho de familia, con más de 1.000 casos resueltos en Bogotá y Cundinamarca.
  • Equipo de especialistas: no trabajamos con abogados generalistas. Cada caso de unión marital lo atiende un profesional con formación específica en derecho de familia.
  • WhatsApp 24 horas: resolvemos sus dudas y le informamos del avance de su caso en cualquier momento.
  • Honorarios transparentes: antes de firmar cualquier contrato, usted conoce exactamente cuánto y cómo va a pagar. Sin sorpresas.
  • Cuota litis (15–25 %) para casos viables: si su caso lo permite, puede contratarnos sin pago inicial; nuestros honorarios se descuentan del resultado obtenido.
  • Planes de pago: para quienes prefieren honorarios fijos, ofrecemos pagos escalonados adaptados a su situación.

Cobertura

Atendemos casos en Bogotá (todas las localidades) y en los municipios de Cundinamarca: Soacha, Chía, Cajicá, Zipaquirá, Mosquera, Madrid, Funza, La Calera, Cota, Tabio, Tenjo, Sopó y Tocancipá. Para el resto del país gestionamos el proceso por videollamada, con la misma dedicación que un cliente presencial.

Nuestra sede está ubicada en la Torre Colpatria, Carrera 7 # 24-89, Bogotá. Atención presencial y virtual, 24 horas al día.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre unión marital de hecho y matrimonio?

El matrimonio es un contrato solemne celebrado ante notaría o juez. La unión marital de hecho surge de la convivencia estable y permanente entre dos personas que forman un hogar sin haber contraído matrimonio. Ambas figuras generan efectos patrimoniales similares —entre ellos la sociedad conyugal o la sociedad patrimonial de hecho—, pero los requisitos de prueba y los trámites para disolverlas son distintos.

¿Es obligatorio ir al juzgado o se puede hacer en notaría?

Depende de si hay acuerdo entre las partes. Cuando ambos compañeros están de acuerdo en declarar la unión y en cómo dividir los bienes, el trámite puede adelantarse ante notaría, lo que suele ser más rápido. Si existe conflicto sobre la existencia de la unión o sobre la distribución del patrimonio, el camino es la vía judicial. Nuestro equipo evalúa cuál aplica a su caso desde la primera orientación.

¿Qué pasa si no conservo todos los documentos de la convivencia?

La falta de algunos documentos no necesariamente impide el proceso. La ley admite distintos medios probatorios: testimonios de personas cercanas, fotografías, mensajes, registros bancarios y otros elementos que, en conjunto, permiten acreditar la unión. En la consulta identificamos qué pruebas tiene y cómo fortalecer el caso con lo disponible.

¿Los hijos que tuvimos juntos sirven como prueba de la unión?

Los registros civiles de nacimiento de los hijos en común son una prueba relevante de la convivencia, aunque por sí solos no son suficientes para acreditar todos los elementos de la unión marital de hecho. Se utilizan junto con las demás pruebas documentales y testimoniales que se reúnan.

¿Qué bienes entran en la liquidación de la sociedad patrimonial?

En términos generales, entran los bienes adquiridos durante la vigencia de la unión como fruto del trabajo o la actividad de cualquiera de los dos compañeros. Los bienes que cada uno tenía antes de iniciar la convivencia o los recibidos por herencia o donación durante ella tienen un tratamiento diferente. El análisis concreto depende de cada situación, y nuestro equipo lo orienta desde la consulta inicial.


Si tiene dudas sobre su situación o quiere saber si su caso es viable, contáctenos ahora. La primera orientación es por WhatsApp o videollamada, sin compromiso: 📱 Escribir al WhatsApp 24h — +57 319 387 2560

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