Calculadora de Indemnizacion por Despido sin Justa Causa Colombia 2026
Si lo despidieron sin justa causa, el Articulo 64 del Codigo Sustantivo del Trabajo le da derecho a una indemnizacion en dias de salario. Esta calculadora aplica las reglas exactas, segun salario y antiguedad. Resultado en pesos, con la base legal a la vista.
Calcule su indemnizacion
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Las empresas suelen ofrecer la mitad de la indemnizacion legal disfrazada de «bonificacion por retiro». Si usted firma, renuncia al resto. Mandenos su caso por WhatsApp y le decimos si la oferta le conviene o si vale la pena demandar.
Como se calcula la indemnizacion segun el Art. 64 CST
El Articulo 64 del Codigo Sustantivo del Trabajo separa dos escenarios para los contratos a termino indefinido, segun el salario del trabajador:
- Salario menor a 10 SMLMV ($14.235.000 en 2026, sobre un minimo de $1.423.500): 30 dias de salario por el primer ano trabajado, mas 20 dias por cada ano adicional o fraccion superior a seis meses.
- Salario igual o superior a 10 SMLMV: 20 dias de salario por el primer ano, mas 15 dias por cada ano adicional o fraccion superior a seis meses.
Para contratos a termino fijo y de obra o labor, la indemnizacion se calcula distinto: el empleador le paga el equivalente al salario del tiempo que faltaba para que el contrato terminara (lucro cesante). Si firmo por 12 meses y lo despiden a los 4, le deben 8 meses de salario.
Ejemplo real
Carlos, vendedor en una distribuidora de Bogota, tiene contrato a termino indefinido y salario de $2.300.000 (menor a 10 SMLMV). Lleva 4 anos y 7 meses cuando lo despiden sin justa causa el 15 de mayo de 2026. La cuenta es:
- Primer ano: 30 dias
- 3 anos adicionales completos: 3 x 20 = 60 dias
- 7 meses adicionales (mayor a 6 meses): 20 dias proporcionales (~11.7 dias)
- Total: 101.7 dias x ($2.300.000 / 30) = $7.793.000
Si la empresa le ofrece $4 millones «para evitar el lio», esta dejando casi la mitad en la mesa. Eso le toca por ley.
Por que casi siempre le pagan menos
La trampa mas comun es la «renuncia con bonificacion». Le dicen: «Mire, renuncia y le damos 3 millones». Si usted firma renuncia voluntaria, pierde el derecho a la indemnizacion del Art. 64. Otra: liquidar la indemnizacion sobre el salario basico sin sumar comisiones, auxilios o salarios en especie. O contar mal la antiguedad, «olvidando» periodos en los que estuvo afiliado con otra figura. Si lo despidieron sin causal escrita, no firme nada el mismo dia.
Preguntas frecuentes
?Cual es la diferencia entre liquidacion e indemnizacion?
La liquidacion se paga siempre (cesantias, prima, vacaciones, intereses). La indemnizacion solo se paga cuando lo despiden sin justa causa, y se calcula segun el Art. 64 CST.
?Que pasa si firmo «renuncia voluntaria»?
Pierde el derecho a indemnizacion. Si lo presionaron para firmar, eso se puede demostrar y reclamar como despido indirecto (Art. 65 CST), pero la carga de la prueba es suya.
?Que cuenta como justa causa?
Las del Art. 62 CST: faltas graves contractuales, indisciplina probada, dano material doloso, entre otras. El empleador debe seguir el procedimiento disciplinario y comunicarle la causal por escrito. Sin eso, no es justa causa, aunque le digan que si.
?Cuanto tiempo tengo para demandar?
Tres anos desde la fecha del despido (Art. 488 CST). Despues prescribe. Pero entre antes actue, mas testigos y documentos se conservan.
?La indemnizacion paga impuestos?
Esta exenta de retencion en la fuente hasta cierto tope para trabajadores con ingresos menores a 204 UVT mensuales. Por encima de eso, hay retencion. Su contador le aterriza el numero exacto.
?Y si tenia mas de 10 anos en la empresa con contrato antes de 1991?
Aplica el regimen anterior (Ley 50 de 1990), que es mas favorable. Son casos especificos y vale la pena que un abogado los revise.
Si la oferta de la empresa no cuadra con la calculadora
Le revisamos contrato, carta de terminacion y oferta. Sin compromiso. Si conviene aceptar, le decimos. Si conviene demandar, tambien.
